18/04/2024 - Edición Nº1961

Interés General | 20 jun 2011

Arbolado Público y Poda

El área de Política Ambiental y de Servicios Públicos informa a los vecinos la normativa vigente referida a la poda del arbolado público y en general.


Con respecto al arbolado público es importante dejar claro que la responsabilidad de la poda del mismo es exclusiva responsabilidad del municipio.

Por lo tanto, los frentistas no pueden proceder a la poda de los árboles que se encuentran en las veredas sin la correspondiente autorización de la Dirección de Espacios Verdes.

De la misma manera, en los casos de que algún árbol interfiera con el alumbrado público ó visión de algún semáforo, como también genere rotura de veredas, tuberías, etc, se debe realizar el reclamo en el área de espacios verdes.

Esta dirección con su personal capacitado realizará la poda de acuerdo a lo regulado. Es necesario aclarar que cuando la poda la realiza el municipio el costo está incluido en la tasa municipal. En el caso de que los vecinos deseen en forma particular también deben solicitar la autorización al área de Espacios Verdes.

En el caso de los árboles que se encuentran en el terreno del vecino, es exclusiva responsabilidad del mismo su mantenimiento, e inclusive cuando disponga ramas en la vía pública procedentes de la poda de los mismos se debe tributar según Ord. Tributaria 2687/10 que en su Art. 7 Inciso 2) regula que hasta un volumen de 1,5 m3 se tributará 12 Módulos municipales ($ 86,40), y por cada m3 ó fracción que exceda los 1,5 m3 se tributará 6 Módulos ($ 43,20).

Los días autorizados para sacar ramas ó escombros a la vía pública en el centro de la ciudad son lunes y jueves, dado que la recolección se realiza martes en los barrios la recolección se realiza una vez cada 15 días.

Ante cualquier duda, consulta ó autorización comunicarse con los siguientes teléfonos 02226/431722 (Corralón de calle Pellegrini), 02226 421622/421691 interno 131 (reclamos).





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