26/04/2024 - Edición Nº1969

| 17 oct 2014

La Cámara preocupada por los vendedores ambulantes

Manifestó su descontento al Foro de Seguridad y la Comuna sobre la gran cantidad de vendedores ambulantes que circulan en el distrito. En algunos casos "es la pantalla perfecta para el ingreso de personajes que comercializan estupefacientes", indicaron.


La Cámara Comercial e Industrial de Cañuelas envió dos cartas sobre el tema. Una dirigida al Presidente del Foro de Seguridad, Emilio Contreras, y otra al titular de Control Urbano de la Comuna, su padre, Néstor Contreras. 
 
En las mismas concluyen y expresan “la preocupación, en materia de seguridad entre otras, del emprendedor local ante la proliferación de vendedores ambulantes”.
 
El texto completo:
 
“Nos dirigimos a usted para comunicarle el descontento de gran parte del ámbito comercial por el nulo control y la consecuente proliferación del ingreso de vendedores ambulantes foráneos a nuestro partido, principalmente al casco urbano. Es constante la incursión de dichos vendedores ofertando, puerta a puerta, una amplísima variedad de mercaderías, (Plantas, flores, productos de limpieza, películas, muebles, ropa, comestibles, electrodomésticos y demás productos de dudosa procedencia), sin el pago de Tasa alguna, compitiendo deslealmente con el emprendedor local que lidia habitualmente con el excesivo pago del tributo sin la más mínima contraprestación.
 
                            La preocupación es amplificada debido a que, en muchos casos, esta ilegal y aparentemente inofensiva práctica, es la pantalla perfecta para el ingreso de personajes que comercializan estupefacientes a nuestros jóvenes y en muchos otros, son la línea de avanzada para la inteligencia y posterior venta de datos a delincuentes que a mano armada o por la noche asola a nuestra comunidad.
 
                           Por lo anterior expuesto y porque es vuestra obligación hacer cumplir las Ordenanzas vigentes, es que le transcribimos, entre otros, el ARTICULO 129º, del TITULO SEXTO: “DERECHOS POR COMERCIALIZACION EN LA VIA PUBLICA O DOMICILIARIA”
 
 De la ORDENANZA FISCAL en curso.
 
“Cuando la actividad se ejercite sin previa autorización municipal los
Responsables se harán pasibles de las penalidades por contravención que en cada caso correspondan, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para proceder al inmediato secuestro de la mercadería. En estos casos podrá aplicarse complementariamente la letra de los Artículos 57º, 117º y 119º de esta Ordenanza”.
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